En España, es norma general tener que renunciar a la nacionalidad anterior antes de adquirir la nacionalidad española.
Sin embargo, en algunos casos, el ordenamiento jurídico permite conservar también la nacionalidad previa. Estos son los supuestos en que se admite la doble nacionalidad.
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Contacte con nosotros¿Qué implicaciones tiene la doble nacionalidad?
La nacionalidad es un estatuto jurídico que otorga a su titular una serie de derechos y deberes públicos, y que supone el grado más alto de integración de una persona con un determinado Estado. Se puede obtener por nacimiento o de forma sobrevenida, acreditando el cumplimiento de determinados requisitos.
En los casos en que se permite la doble nacionalidad, una misma persona mantiene un doble vínculo jurídico de nacionalidad, y puede ser considerada nacional de dos Estados a la vez, con los derechos y deberes que cada uno de ellos atribuye a sus nacionales.
Esto supone que:
- Se puedan ejercer derechos de ciudadanía en ambos Estados, como los de residencia y trabajo, acceso a servicios públicos, derechos políticos, etc. Y también supone estar sujeto a deberes públicos en ambos países, como posibles obligaciones militares o deberes administrativos.
- Si se tienen que realizar gestiones ante la Administración española, lo habitual es que se tenga que presentar la documentación española de identificación (DNI o pasaporte español).
- Se pueda determinar la ley aplicable en conflictos civiles internacionales de acuerdo a la ley personal, que puede ser una u otra según distintos criterios, como la última residencia habitual o la última nacionalidad adquirida, o puede haber preferencia de la ley española en determinados casos previstos legalmente. Esto afecta a cuestiones como la capacidad, el estado civil o la sucesión hereditaria, por ejemplo.
- Puedan surgir dificultades prácticas a la hora de prestar protección y asistencia consular en el extranjero.
- Se pueda perder la nacionalidad española en el caso de españoles de origen que residan habitualmente en el extranjero si adquieren voluntariamente otra nacionalidad y no declaran su voluntad de conservar la española en un plazo de 3 años. También se puede perder si la persona no es española de origen, en determinados casos (como prestar servicio de armas o un cargo político en el otro país, si España lo prohíbe).
- Sea exigible, en general, la residencia legal en España para poder recuperar la nacionalidad española perdida en los casos anteriores.
No obstante, las personas con doble nacionalidad no pueden estar sometidas simultáneamente a la legislación de ambos países, sino que lo estarán a la de uno u otro según los mecanismos de preferencia que articulan las normas respectivas. Normalmente, se sigue el criterio del domicilio habitual para establecer la legislación de preferencia.
¿Con qué países se admite la doble nacionalidad con España?
Es importante puntualizar que para contestar a esta pregunta hay que tener en cuenta la legislación de ambos Estados, ya que, aunque España puede admitir la doble nacionalidad con otros países, puede que la legislación del otro país obligue a elegir entre una u otra. Por ello, es aconsejable estudiar el caso concreto y comprobar las condiciones establecidas en ese otro Estado.
En principio, España admite que, al adquirir la nacionalidad española, puedan conservar su nacionalidad previa los nacionales de los siguientes países:
Países iberoamericanos
Se entiende por tales aquellos países en los que las lenguas oficiales son el español o el portugués.
Cumplen este requisito: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay, Venezuela, y también Puerto Rico.
No lo cumplen, por aclaración expresa del propio Ministerio de Justicia: Haití, Jamaica, Trinidad y Tobago y Guyana, ya que no se consideran iberoamericanos.
Países con vínculos históricos con España
Se pueden incluir en este grupo Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial y Portugal.
Otros
Actualmente, existe un convenio de nacionalidad con Francia en vigor desde el 1 de abril de 2022, que permite adquirir la otra nacionalidad (española o francesa, según el caso) sin renunciar a la de origen, siempre que se cumplan los requisitos establecidos por el Estado de la nacionalidad adquirida posteriormente.
Este convenio es el Convenio de nacionalidad entre el Reino de España y la República Francesa, hecho en Montauban el 15 de marzo de 2021.
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Contacte con nosotros¿Cómo se obtiene la doble nacionalidad?
Como trámite habitual en la adquisición de una nacionalidad, se debe renunciar a la nacionalidad previa, pero si la persona es nacional de cualquier Estado con el que se permita la doble nacionalidad, no habrá obligación de hacer tal renuncia.
Por tanto, para obtener la doble nacionalidad con España basta con adquirir la nacionalidad española por cualquiera de los modos de adquisición de la nacionalidad derivativa, o bien adquirir la nacionalidad del otro Estado con el que se admita la doble nacionalidad teniendo previamente la española.


