Las fases del expediente de nacionalidad española explicadas

fases del expediente de nacionalidad española

El proceso para la concesión o, en su caso, denegación de una solicitud de nacionalidad española requiere de una tramitación larga, ya que el estudio del caso debe atravesar distintas fases, cada una con unos objetivos determinados, y en las que se ven implicadas también las autoridades extranjeras, con las complicaciones que ello supone.

La plataforma telemática del Ministerio de Justicia permite consultar en todo momento el estado del procedimiento, dando información del trámite concreto en que se encuentra.

A continuación, vamos a analizar el significado de los distintos estados por los que atraviesa la tramitación del expediente de nacionalidad española.

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¿De qué fases consta la tramitación del expediente de nacionalidad?

La tramitación se realiza por vía telemática, aunque también se puede iniciar el procedimiento con la presentación de la solicitud físicamente en el registro público que corresponda.

Una vez presentada la solicitud, se asignará un número al expediente, con el que el interesado podrá consultar el estado del procedimiento en la sede electrónica de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública del Ministerio de Justicia, concretamente en el enlace directo para la consulta telemática de expedientes de nacionalidad española.

Las fases por las que atraviesa la tramitación son las siguientes:

Apertura y registro

En esta fase, se registra el expediente en la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (DGSJFP) tras su presentación por vía telemática (la más habitual) o presencial, y se le asigna un número de registro. 

La Administración, en este momento, debe comprobar que se han presentado los documentos requeridos y que la solicitud es correcta.

El estado con el que se puede encontrar el usuario al consultar el punto en que se encuentra la tramitación es “Abierto - Registrado”. 

No obstante, antes de este estado, es posible que el sistema arroje el de “a la espera de ser admitido a trámite” cuando la solicitud se ha presentado telemáticamente y aún no ha sido admitida a trámite por el órgano competente.

Solicitud de informes

En esta fase, la DGSJFP envía peticiones de informes a distintos organismos, entre ellos, los siguientes:

  • Registro Central de Penados. Uno de los informes necesarios es el que permite verificar los antecedentes penales del solicitante en España.
  • Policía Nacional o Guardia Civil. También hay que evaluar la buena conducta cívica del solicitante y su integración en la sociedad española, para lo cual son útiles los informes de seguridad y policiales que emiten las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
  • Cuerpo diplomático o consular. Estos informes permiten verificar los antecedentes penales en el país de origen.

Los estados que puede encontrar el usuario en este momento del procedimiento son:

  • “Abierto - En tramitación: Pendiente de solicitud de informes preceptivos”, si la Administración aún no ha solicitado los informes.
  • “Abierto - En tramitación: Pendiente de respuesta de informes preceptivos”, si ya se han solicitado y se está esperando respuesta a la petición.

En calificación

Cuando los informes preceptivos solicitados ya han sido recibidos por la DGSJFP, comienza la fase de su estudio y evaluación en profundidad por el personal calificador.

En esta fase, se debe comprobar que se cumplen todos los requisitos legales, incluyendo la residencia legal continuada, la buena conducta cívica y el suficiente grado de integración acreditado por las pruebas realizadas por el Instituto Cervantes.

Esta es la fase más larga y crítica, y en este momento, el usuario puede encontrarse con que el sistema le indique los siguientes estados:

  • “Abierto - En tramitación: En calificación”. 
  • “Abierto - En tramitación: En estudio”.

Requerimiento

La fase de requerimiento solo se inicia si se detecta la ausencia o defecto de algún documento o información, en cuyo caso, la DGSJFP puede emitir un requerimiento al solicitante para que subsane el defecto o aporte el documento solicitado en el plazo que se le indique.

También puede ocurrir si un informe es negativo, aunque esta circunstancia puede derivar directamente en la denegación de la nacionalidad.

Los estados que puede encontrar el usuario en esta fase, según se haya emitido o no el requerimiento, son:

  • “Abierto - En tramitación: Pendiente de requerimiento”.
  • “Abierto - En tramitación: Requerido”.

Concesión o denegación

Por fin se llega a la última fase del procedimiento, en la que se emite una resolución de concesión o denegación, según el caso:

  • Concesión. Si la solicitud ha sido aprobada, el solicitante deberá realizar el acto de jura o promesa de fidelidad al Rey y de obediencia a la Constitución y a las leyes, en el registro civil que corresponda por su domicilio. El plazo para hacerlo es de 180 días. Concluido el trámite, procederá la inscripción de la nacionalidad en el Registro Civil.
  • Denegación. La solicitud será rechazada si se considera que no se cumplen los requisitos. En ese caso, el solicitante puede interponer un recurso de reposición ante el mismo órgano que denegó la solicitud o un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.

Los estados que puede encontrar el usuario en esta fase son:

  • “Pendiente de firma”. Este estado indica que el proceso ha finalizado con una propuesta de resolución (concediendo o denegando la nacionalidad) y solo falta la firma oficial del director o el funcionario competente antes de dictar la resolución.
  • “Resuelto favorable - Concedido”. En este caso, se ha dictado una resolución de concesión, y se abre el plazo de 180 días desde la notificación para que el solicitante complete el proceso.
  • “Resuelto - Denegado”. En este supuesto, se dicta una resolución de denegación que puede ser impugnada por el solicitante por los recursos correspondientes.
Ramón Alfonso López Cano
Ramón Alfonso López Cano

Ramón Alfonso Lopez Cano es abogado especialista en derecho de extranjería y socio de Juno Abogados. Es licenciado en Derecho por la Universidad de Cádiz en 2011, año en el que entró a formar parte del Colegio de Abogados de Málaga.

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